Pensión de orfandad: la ley ya protege en igualdad a todos los hijos y refuerza la ayuda si la madre murió por violencia de género
El Real Decreto-ley 31/2026 ha tocado muchos aspectos de la Seguridad Social — ya te hemos contado los cambios en las bajas médicas y en la viudedad de las parejas de hecho. Pero también modifica la pensión de orfandad: aclara que todos los hijos tienen el mismo derecho, sea cual sea su filiación, y crea una protección mínima reforzada cuando la madre ha muerto por violencia de género.
Un mismo derecho para todos los hijos, sea cual sea su filiación
El nuevo artículo 224 de la Ley General de la Seguridad Social establece que tienen derecho a la pensión de orfandad, en régimen de igualdad, cada uno de los hijos e hijas de la persona fallecida, "cualquiera que sea la naturaleza de su filiación". Para tener derecho hace falta ser menor de 21 años (o estar incapacitado para el trabajo, sin límite de edad) y que quien falleció estuviera en alta, en situación asimilada, o fuera pensionista.
Una protección reforzada si la madre murió por violencia de género
La norma crea además una prestación de orfandad específica para los hijos e hijas de una mujer fallecida por violencia contra la mujer —incluidos los supuestos de violencia sexual recogidos en la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual— cuando no se cumplan los requisitos para causar la pensión ordinaria. En estos casos, tanto la pensión como la prestación tienen un importe mínimo mensual equivalente al doble del salario mínimo interprofesional vigente (2.442 €/mes con el SMI de 2026), que se reparte entre todos los beneficiarios si hay más de uno.
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